
El Proyecto de Ley 3137/26 crea el delito de terrorismo rural, con pena de 12 a 30 años de prisión, para actos de destrucción o sabotaje de estructuras consideradas esenciales para la producción agropecuaria. La propuesta está en análisis en la Cámara de Diputados.
La definición de terrorismo rural incluye actos practicados para intimidar, coaccionar, obligar o causar grave perjuicio económico, social o a la producción, como:
- destruir cultivos o rebaños;
- destruir o sabotar máquinas, equipos e instalaciones rurales;
interrumpir o dañar sistemas de riego o de energía utilizados en la producción; - destruir o sabotar silos, almacenes y galpones;
- contaminar intencionalmente semillas, fertilizantes, pesticidas agrícolas, otros insumos o reservorios de agua;
- bloquear, destruir o sabotar carreteras internas esenciales para el transporte de la producción.
Según el autor, el diputado José Medeiros (PL-MT), aunque castiga diversos de estos actos como delitos patrimoniales, la ley actual no reconoce el daño colectivo causado por ataques dirigidos a la infraestructura estratégica de la producción de alimentos.
"La destrucción de una cosechadora de gran porte, por ejemplo, no solo produce perjuicio al propietario. Puede afectar a cooperativas. Puede generar pérdidas en contratos de exportación. Puede comprometer el abastecimiento regional. Puede generar impactos económicos en toda la cadena productiva", resaltó en justificación.
El diputado reforzó que no pretende criminalizar movimientos sociales legítimos, manifestaciones pacíficas o reclamaciones políticas.
La propuesta modifica laLey Antiterrorista, Ley de Delitos HediondosYCódigo Penal
Delito hediondo
El proyecto incluye en la Ley de Delitos Hediondos la sabotaje de la infraestructura agropecuaria nacional cuando se practica mediante destrucción, incendio, explosión, contaminación, depredación o inutilización de estructuras productivas esenciales.
Además, la propuesta añade al Código Penal el delito de sabotaje de la infraestructura agropecuaria, con pena de 8 a 20 años de prisión y multa.
La pena podrá ser aumentada de la mitad hasta el doble si hay un perjuicio superior a mil salarios mínimos, interrupción de la producción de alimentos, compromiso del abastecimiento regional, participación de una organización criminal o motivación política o ideológica.
Si la acción resulta en un desabastecimiento alimentario relevante o un perjuicio colectivo, la pena prevista será de 12 a 24 años de prisión.
Pasos siguientes
El proyecto será analizado por las comisiones de Agricultura, Ganadería, Abastecimiento y Desarrollo Rural; de Seguridad Pública y Lucha contra el Crimen Organizado; y de Constitución y Justicia y de Ciudadanía. La propuesta está sujeta a la consideración del Pleno.
