
El Proyecto de Ley 3261/26 crea medidas temporarias para compensar el impacto económico de la reducción de jornada de 44 a 40 horas semanales. La propuesta está en análisis en la Cámara de Diputados.
Los beneficios se destinarán a microempresarios individuales (MEI) con empleados, microempresas, empresas de pequeño tamaño, productores rurales y agricultores familiares empleadores, cooperativas de producción rural con empleados y otros empleadores intensivos en mano de obra definidos por el Poder Ejecutivo.
Para recibirlos, el empleador deberá demostrar la adopción de la nueva jornada sin reducción salarial, el mantenimiento o ampliación de los empleos formales y un impacto económico relevante causado por el cambio. También se exigirá regularidad fiscal, de la seguridad social y laboral.
Desgravaciones fiscales
La propuesta prevé, inicialmente por cinco años, que los empleadores no paguen la contribución de la seguridad social sobre los salarios de los empleados mantenidos o contratados durante la adaptación a la jornada de 40 horas.
El beneficio podrá ser prorrogado por hasta más cinco años, pero dependerá de una ley específica y de la evaluación de los impactos económico, fiscal, de la seguridad social y social. La continuidad de la desgravación también estará condicionada a la preservación de los empleos formales o al aumento de la productividad.
Impuestos y crédito
El proyecto determina que el gobierno federal envíe al Congreso, en un plazo de 180 días después de la entrada en vigor de la ley, una propuesta de ley complementaria con medidas tributarias para las micro y pequeñas empresas y los autónomos afectados por la reducción de la jornada.
Entre las medidas previstas se incluyen la reducción temporal de al menos un 50% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Jurídicas (IRPJ) y de laContribución Social sobre el Lucro Líquido(CSLL), así como la mejora de los beneficios fiscales para las pequeñas y medianas empresas.
El texto también crea líneas especiales de crédito subsidiado para el capital de giro, la modernización tecnológica, la automatización, el aumento de la productividad, la reorganización de las empresas y la capacitación profesional.
Los créditos tendrán tasas equivalentes a la remuneración básica de la cuenta de ahorros, un período de carencia mínimo de 24 meses y un plazo de pago de hasta 15 años.
Contrapartidas
Para evitar que los beneficios sean utilizados sin relación con la reducción de la jornada, el proyecto exige la mantención de los empleos formales y prohíbe fraude, simulación o reducción artificial del cuadro de empleados.
Correrá a cargo del gobierno federal regular los criterios para recibir los beneficios y elaborar un informe anual con información sobre empleos preservados y creados, sectores beneficiados, formalización del trabajo y efectos sobre la productividad.
Aumento de costos
En justificación, el autor, diputado Luiz Carlos Hauly (Pode-PR), afirmó que la reducción de la jornada puede aumentar los costos de empresas que dependen intensivamente de mano de obra, sobre todo pequeños negocios.
“La reducción de la jornada semanal, aunque socialmente deseable, podría implicar un aumento inmediato de los costes operativos laborales, la necesidad de reorganizar la producción, ampliar la plantilla, realizar inversiones en automatización, reestructurar la logística y adaptar los modelos de negocio”, afirmó el diputado.
La reducción de la jornada laboral está prevista en la Proposición de Emendamiento Constitucional 221/19, aprobada por la Cámara en mayo. El texto establece una jornada máxima de 40 horas semanales, distribuidas en cinco días, con dos días de descanso, sin reducción salarial. La propuesta está en análisis en el Senado.
Próximos pasos
El proyecto será analizado, encarácter definitivo, por las comisiones de Previdência, Asistencia Social, Infancia, Adolescencia y Familia; de Finanzas y Tributación; y de Constitución y Justicia y de Ciudadanía.
Para convertirse en ley, debe ser aprobado por la Cámara y el Senado.
