La Justicia declaró procedente la demanda civil pública presentada por la Fiscalía del Estado de Rio Grande do Sul para responsabilizar al Municipio de Porto Alegre por los daños derivados de lainundación de abril y mayo de 2024. La sentencia, dictada el viernes (25), reconoció la existencia de omisión específica del poder público municipal en la adopción de medidas necesarias para prevenir la inundación.
Según la decisión, la gestión se omitió en la gestión y mantenimiento delsistema de proteccióncontra las inundaciones y, al mismo tiempo, permitió la expansión de la urbanización en áreas protegidas por diques, compuertas y estaciones de bombeo. La sentencia señala que la ocupación de barrios como Sarandi, Humaitá, Farrapos, Menino Deus y Praia de Belas ocurrió bajo la expectativa de que estas estructuras garantizarían la protección contra las inundaciones.
La decisión desestimó la alegación de fuerza mayor presentada por el municipio. Para el magistrado, la posibilidad de inundación de la Capital era conocida y previsible, incluso ante las inundaciones registradas en 2020 y 2023 y las previsiones meteorológicas que indicaban la elevada intensidad del evento de 2024.
La Justicia también consideró que las deficiencias del sistema ya eran conocidas por la administración municipal antes de la inundación. Un proceso administrativo del Departamento Municipal de Agua y Esgotos (Dmae), de noviembre de 2023, alertaba sobre la necesidad de reparaciones en las estructuras e indicaba que la ciudad podría quedar desprotegida ante laelevación del nivel del Guaíba..
El municipio fue condenado al pago de R$ 50 millones por daños morales colectivos. El valor deberá destinarse a obras y medidas deadaptación climáticaen Porto Alegre, incluyendo parques lineales y fluviales, jardines de lluvia y corredores ecológicos. La aplicación de los recursos deberá ser fiscalizada por el Tribunal de Cuentas del Estado y por el Consejo Municipal de Desarrollo Urbano y Ambiental.
La sentencia también reconoció el derecho a la reparación por daños materiales y morales individuales de los residentes, profesionales y empresarios que residan o tengan domicilio en las áreas protegidas por el Sistema de Protección contra Inundaciones que demuestren perjuicios causados por la inundación.
La decisión abarca 19 barrios: Humaitá, São Geraldo, Navegantes, Anchieta, Praia de Belas, Floresta, Farrapos, Santa Maria Goretti, Menino Deus, Cidade Baixa, São João, Centro Histórico, Sarandi, Jardim São Pedro, Jardim Floresta, Azenha, Cristal, Santa Rosa de Lima y Santa Tereza. Los valores deberán ser calculados individualmente, según los daños comprobados.
