El MPF busca en la Justicia el derecho a la seguridad de la comunidad tradicional de Renascer, en Cabedelo (PB)

28/10/2026 às 20:16240 visualizaciones
Ministerio Publico Federal

El Ministerio Público Federal (MPF) presentó una acción civil pública estructural para garantizar el derecho a la seguridad de la comunidad tradicional de Renascer, en Cabedelo (PB), en la región metropolitana de João Pessoa, ante un panorama persistente de violencia y control territorial ejercido por organizaciones criminales. Según el MPF, la insuficiencia de las medidas adoptadas por el poder público ha comprometido la protección de las familias y el ejercicio de derechos fundamentales, como la libre circulación, la vivienda y el trabajo.

La acción se propuso contra la Unión, el Estado de Paraíba, el Municipio de Cabedelo, el Instituto Chico Mendes de Conservación de la Biodiversidad (ICMBio) y la Compañía Brasileña de Trenes Urbanos (CBTU). El MPF sostiene que las violaciones no son el resultado de episodios aislados, sino de un problema estructural que exige una actuación coordinada de los órganos públicos. La seguridad, la protección territorial y ambiental, la vivienda, la movilidad, la infraestructura, la asistencia social y la preservación de las actividades tradicionales están interconectadas.

La formación de la comunidad está históricamente relacionada con el río, el manglar, el estuario y actividades tradicionales como la pesca artesanal y la mariscación, desarrolladas en el territorio a lo largo de generaciones. Con la expansión urbana, otras familias comenzaron a ocupar la región, formando la población más amplia que hoy vive en Renascer.

Miedo dentro de su propio territorioLos relatos y documentos recopilados por el MPF describen una realidad en la que el control criminal influye en actos elementales de la vida cotidiana. Hay registros de familias expulsadas de sus hogares, apropiación de bienes raíces, amenazas, restricciones a la circulación y vigilancia clandestina de espacios públicos.

Según la información recopilada en la acción, la violencia impone límites incluso sobre quién puede circular entre ciertas áreas. Los residentes han tenido que convivir con fronteras establecidas por grupos criminales y con el riesgo asociado al simple desplazamiento por el territorio. El miedo también afecta los horarios y lugares de circulación e interfiere en la convivencia entre familias y comunidades.

El control territorial también alcanza espacios relacionados con las actividades tradicionales. Según la acción, la violencia ha comenzado a interferir en el acceso al río, al manglar, al estuario y a otros lugares históricamente utilizados por la comunidad. Las actividades desarrolladas en ciertos horarios se han reducido o abandonado debido al riesgo, con consecuencias para el trabajo, los ingresos y la subsistencia.

También hay relatos de que organizaciones criminales, mediante amenazas, obligan a los residentes a ceder bienes utilizados en actividades tradicionales. Con ello, los instrumentos de trabajo y de subsistencia de la comunidad pasan a ser utilizados para fines determinados por los grupos criminales.

Para la Fiscalía, el problema va más allá del miedo o sensación de inseguridad, ya que cuando una persona deja de circular, trabajar, acceder a espacios tradicionales o permanecer en su propia casa porque el Estado no logra protegerla de la violencia, otros derechos fundamentales también se ven directamente afectados.

Familias expulsadas de sus hogares.Uno de los efectos más graves señalados en la acción es la expulsión de residentes de sus viviendas. Los relatos recopilados durante la investigación indican que familias tuvieron que abandonar el territorio bajo amenaza, perdiendo su hogar, bienes, fuentes de ingresos y vínculos comunitarios.

En la acción, el MPF señala que la retirada forzada de familias produce un efecto que va más allá de la cuestión habitacional. En la comunidad tradicional, la permanencia en el territorio está relacionada también con redes familiares, formas de trabajo, espacios de convivencia y actividades históricamente desarrolladas en el río y el manglar.

La propia acción caracteriza este proceso como desterritorialización forzada, situación en la que la violencia deja de afectar solo a individuos y pasa a amenazar la continuidad de la comunidad: las familias son alejadas de los espacios en los que viven y trabajan, mientras que aquellas que permanecen ejercen sus derechos bajo restricciones impuestas por el dominio criminal.

El MPF exige que las familias expulsadas o amenazadas sean identificadas de manera protegida y reciban atención habitacional y social adecuada, sin exposición de información que pueda aumentar su riesgo personal.

Violencia persistente.Los datos oficiales también demuestran la gravedad del escenario. Un informe de la Policía Militar registró nueve Crímenes Violentos Letales Intencionales (CVLIs) en el barrio en un período de 12 meses, además de incidentes recurrentes relacionados con disparos de armas de fuego y porte ilegal de armamento.

La documentación recopilada por el MPF también señala la existencia de mecanismos clandestinos de vigilancia utilizados por el crimen organizado para seguir los movimientos en el territorio. Las restricciones de circulación y la vigilancia de entradas y salidas también dificultan el acceso regular de los servicios públicos.

Además, las características urbanas de Renascer agravan la vulnerabilidad. La comunidad tiene accesos limitados, calles estrechas y áreas con iluminación insuficiente, además de espacios por los que es difícil la circulación de vehículos, ambulancias y otros vehículos de servicio público. Para el MPF, estas características urbanas no son la causa de la criminalidad. La acción sostiene que las deficiencias urbanísticas e infraestructurales, asociadas a la insuficiencia de la presencia estatal, crean condiciones que favorecen el mantenimiento del control territorial por parte de organizaciones criminales.

La seguridad es un derecho.La Constitución Federal establece la seguridad como un derecho social y determina que la seguridad pública es un deber del Estado, un derecho y una responsabilidad de todos. En la acción, el MPF sostiene que este deber no se limita a la reacción policial después de la ocurrencia de crímenes, sino que incluye asegurar condiciones para que las personas ejerzan sus derechos fundamentales sin estar sujetas al control de organizaciones criminales.

A partir de las violaciones identificadas en Renascer, el MPF sostiene que la garantía del derecho a la seguridad implica condiciones para que las familias permanezcan en sus casas, circulen por el territorio, tengan acceso a servicios públicos, trabajen y utilicen los espacios históricamente relacionados con la vida de la comunidad sin restricciones impuestas por organizaciones criminales.

La acción también relaciona la seguridad con la protección de la propia comunidad tradicional. Según la evaluación del MPF, las restricciones de acceso al territorio, la expulsión de familias, el compromiso de actividades tradicionales y el debilitamiento de los vínculos comunitarios contribuyen al proceso de desterritorialización y afectan las condiciones necesarias para la continuidad del modo de vida de la comunidad.

El MPF solicita protección inmediata.Ante el riesgo actual, el MPF pide al Tribunal Federal medidas urgentes para estabilizar la situación y restablecer condiciones mínimas de protección. Entre las solicitudes se encuentra la determinación para que el Estado de Paraíba presente y comience a ejecutar, en un plazo de 30 días, un Plan de Emergencia de Seguridad, elaborado con la participación del Municipio de Cabedelo, destinado a asegurar una presencia estatal efectiva, la circulación segura de los residentes, el acceso regular de los servicios públicos y la lucha contra el control territorial ejercido por organizaciones criminales.

La acción también requiere una presencia policial continua y acorde con el riesgo identificado, la identificación y eliminación de mecanismos clandestinos de videovigilancia, la ampliación de la vigilancia pública y la corrección de las deficiencias de iluminación.

Las medidas no se limitan a la actuación policial. La Procuraduría General de la República (PGR) solicita fiscalización ambiental y urbanística, protección de áreas públicas, atención a las familias expulsadas o amenazadas, fortalecimiento de las actividades tradicionales, mejora de la infraestructura y medidas para permitir que los servicios públicos vuelvan a acceder regularmente al territorio.

El estado debe recuperar su capacidad de proteger.La acción legal fue iniciada después de casi dos años de seguimiento extrajudicial. Desde 2024, la PGR ha recopilado información de la comunidad, documentos oficiales, investigaciones policiales, análisis antropológicos y manifestaciones de organismos públicos. Según la PGR, las medidas adoptadas de forma aislada no han sido suficientes para detener las violaciones. La continuidad de informes sobre la expulsión de familias, restricciones al ejercicio de actividades tradicionales y episodios de violencia llevaron al organismo a buscar una respuesta estructural y coordinada para la situación.

Por ello, además de las medidas urgentes, la acción solicita la elaboración de un Plan Estructural Integrado para la Comunidad Renacer, con acciones en seis áreas: seguridad pública y el restablecimiento de la presencia estatal; protección y recuperación ambiental; actividades tradicionales y medios de subsistencia; urbanismo, movilidad, vivienda e infraestructura; desarrollo social, salud, educación, deporte y recreación; y gobernanza, presupuesto, indicadores y monitoreo.

El plan debe identificar problemas, resultados esperados, entidades responsables, plazos, costos, fuentes de recursos e indicadores de cumplimiento. La comunidad debe participar en las decisiones que afecten directamente su territorio, con mecanismos de escucha que protejan la seguridad de las personas involucradas.

Según se registra en la acción, el objetivo de las medidas requeridas judicialmente no es transferir al poder judicial el mando de las fuerzas de seguridad ni sustituir a los gestores en la definición de las estrategias operativas. La PGR busca que el poder público se vea obligado a producir resultados concretos en la protección de los derechos fundamentales, y que los organismos responsables elijan los medios técnicos adecuados para alcanzarlos.

La acción es el resultado de una cooperación técnica.La acción iniciada por el MPF también es el resultado del trabajo desarrollado por investigadores vinculados al Protocolo de Colaboración n.º 0001/2025, firmado entre el MPF y el Gobierno de Paraíba, a través de la Secretaría de Estado de Ciencia, Tecnología, Innovación y Enseñanza Superior (Secties), la Secretaría de Estado de la Mujer y la Diversidad Humana (SEMDH) y la Fundación de Apoyo a la Investigación del Estado de Paraíba (Fapesq).

La asociación prevé el desarrollo de investigaciones aplicadas, la formación práctica en derechos humanos y la elaboración de soluciones para casos concretos supervisados por el MPF. Entre sus iniciativas, se creó el Laboratorio de Investigación y Prácticas Jurídicas en Derechos Humanos (LABDH), que busca integrar la producción académica con la actuación institucional, contribuyendo a la lucha contra las violaciones de derechos humanos y la mejora de las políticas públicas.

Acción Civil Pública n.º 0053569-64.2026.4.05.8200

Fuente
Ministerio Publico Federal
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