En precaución, el TCE-ES determina la suspensión de la contratación realizada por el municipio de Guarapari. El mérito será analizado por el Tribunal

Por Giordany Bozzato Soave18/09/2026 às 20:24197 visualizaciones
TCE-ES

Los consejeros delTribunal de Cuentas del Estado de Espírito Santo (TCE-ES)determinaron, en una medida cautelar, la suspensión de una contratación realizada porla municipalidad de Guarapari. La contratación se realizó para la ejecución del servicio de acogimiento institucional de niños de 0 a 12 años.

Según el reclamante, cuya identidad ha sido preservada, el edicto contenía cláusulas restrictivas a la competitividad y ofensivas a los principios de isonomía, de razonabilidad y de selección de la propuesta más ventajosa. El problema señalado fue la atribución de una elevada puntuación al criterio de experiencia anterior de la entidad en la ejecución del mismo servicio. También se planteó la necesidad de que el municipio recurra a la ejecución indirecta de la actividad, ya que posee servidores efectivos actuando en la política de asistencia social.

Al analizar el caso, el relator, consejero Carlos Ranna, entendió que había indicios suficientes de irregularidad en relación con los criterios de puntuación establecidos en el edicto. La norma preveía la atribución de 10 puntos, de un total de 16 posibles, exclusivamente al tiempo de experiencia de la OSC, en proporción de un punto por año de actuación, hasta el límite de diez años.

“En el caso concreto, en razón de las distorsiones que el plazo de 10 años establecidos y la influencia en el resultado del eventual juicio de las propuestas (técnicas), se entiende ser desarrazoado”, registró el relator en su voto.

Ranna también destacó que el peso atribuido al criterio de experiencia podría comprometer la competitividad del concurso. “En relación con el peso que se da a la experiencia previa considerando exclusivamente tiempo de colaboración, 10 puntos en un total posible de 16 puntos, habiendo, inclusive, la eliminación de las entidades que no alcancen los 8 puntos (50%), se tiene también que son desarrazoados y desproporcionales”, afirmó.

Según la decisión, la metodología adoptada tiene potencial para alejar entidades aptas a celebrar una asociación con el municipio. Esto se debe a que las organizaciones con menor tiempo de experiencia podrían ser eliminadas automáticamente de la competencia antes de que se hayan evaluado otros aspectos de sus propuestas.

El edicto preveía el pago de1,7 millones de dólares por añoa la ONG seleccionada, con una vigencia estimada de dos años, totalizando 3,4 millones de dólares. Con la decisión cautelar, el procedimiento de selección permanecerá suspendido hasta nueva deliberación del Tribunal.

 

 Proceso TC 2990/2026

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